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año:2007
 
institución:BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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3 2 R-DCA-433-2007 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del cuatro de octubre de dos mil siete.-------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Siemens Enterprise Communications CAM S. A., en contra del cartel de la Licitación por Registro 106-2004, promovida por Radiográfica Costarricense S. A. para el suministro e instalación de grupos de electrógenos o plantas eléctricas para respaldo de energía a los edificios de RACSA.--------------------------------------------------------- POR CUANTO: I. La objetante presentó su recurso el 26 de setiembre de 2007, vía fax, a las dieciséis horas con cuatro minutos.---------------------------------------------------------------------------------------------------- II. Sobre la admisibilidad del recurso: El artículo 81 de la Ley de la Contratación Administrativa, modificado mediante Ley 7612 de 12 de julio de 1996, publicada en La Gaceta 148 de 6 de agosto de 1996, dispone que: “Contra el cartel de la licitación pública y de la licitación abreviada, podrá interponerse recurso de objeción, dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. El recurso se interpondrá ante la Contraloría General de la República, en los casos de licitación pública, y en los demás casos, ante la administración contratante”. El cartel del presente concurso se publicó el 19 de setiembre de 2007, fijando como plazo límite para la recepción de propuestas el 11 de octubre de 2007, de manera que, efectuada la operación correspondiente, tenemos que el primer tercio del plazo (5 días hábiles) venció el día 26 de setiembre pasado (ver La Gaceta Nº 180 de 19 de setiembre de 2007). En el caso bajo examen, teniendo presente como hemos visto que el plazo máximo de ley para interponer el recurso de objeción venció el 26 de setiembre, ese mismo día, a las dieciséis horas con cuatro minutos, ingresó vía fax, copia del recurso de objeción; esto es, fuera del horario ...
Fecha publicación: 08/10/2007
Fecha emisión: 02/10/2007
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 09725 22 de agosto de 2007 DAGJ-1039-2007 Señor Lic. José Manuel Solano Méndez Auditor Interno BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Solicitud de aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Banco Crédito Agrícola de Cartago”. Nos referimos a su oficio Nº AUD-178-C/2007, con fecha de 05 de julio de 2007, recibido el 9 de julio de 2007, mediante el cual solicita la aprobación por parte de esta Contraloría General, del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Banco Crédito Agrícola de Cartago, de conformidad con el artículo 23 de la Ley General de Control Interno y el punto 2.6 de la resolución de este órgano contralor N° R-CO-93-2006, mediante la cual se emiten las “Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público (D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ)”. En ese sentido, aporta con su solicitud lo siguiente: · Certificación del Auditor Interno que indica que el documento cumple con las directrices y demás normativa aplicable. · Copia certificada del reglamento aprobado. · Certificación de la Jefa de Secretaría de Junta Directiva de la sesión en donde aprobó el reglamento. · Dispositivo electrónico que contiene el reglamento aprobado. Criterio del Despacho Como asunto de primer orden, debemos indicar que para proceder a otorgar la aprobación del reglamento propuesto, es necesario verificar que cumpla con cada uno de los aspectos que enuncian las citadas directrices y con base en las certificaciones aportadas, dejándose de lado cualquier aspecto propio de competencias o naturaleza jurídica de la institución solicitante, toda vez que en tal sentido se parte del supuesto de que dicho reglamento cumple a cabalidad con la normativa y criterios que le rigen. Asimismo, se aclara que lo indicado en el presente oficio ...
Fecha publicación: 26/08/2007
Fecha emisión: 21/08/2007
Documento: 09725-2007.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: APROBACION DE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS


-5- DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07233 5 de julio de 2007 DCA-2252 Señor Gregorio Segura Coto Subgerente General Banco Crédito Agrícola de Cartago Apartado 297-7050, Cartago Estimado señor: Asunto: Se reitera nuestra aprobación al expediente de compraventa de los locales comerciales 46 y 47 del Centro Comercial Metrocentro, por parte del Banco Crédito Agrícola de Cartago (BANCRÉDITO) a Industrias Fotográficas S.A., correspondiente a la contratación directa 2006CD-000107-01, según los términos de nuestro oficio 04915 (DCA-1480) del 7 de mayo de 2007, y se complementa dicha nota en el sentido de que se dirige ahora a ese Banco para que sea éste quien proceda, mediante sus notarios institucionales, a la protocolización e inscripción registral de la respectiva escritura de traspaso. Damos respuesta a su oficio SFG-082-07 del 21 de junio de 2007, recibido en esta Contraloría General ese mismo día, mediante el cual solicita que, ante lo resuelto por la Procuraduría General de la República en oficio NEE-101-2007 del 21 de mayo de 2007, se autorice que la protocolización de la escritura de traspaso sea realizada por lo notarios del Banco, sin mediar cobro alguno por concepto de honorarios profesionales, ello considerando lo señalado por la Procuraduría General en las reuniones sostenidas con ese Banco. Sobre el particular, como antecedente de su nota, es preciso recordar que esta Contraloría General en oficio 04915 (DCA-1480) del 7 de mayo de 2007, refrendó la adquisición de dos locales ubicados en el Centro Comercial Metrocentro por parte del Banco Crédito Agrícola de Cartago (BANCRÉDITO) a Industrias Fotográficas S.A.; estos son el local 46, inscrito en el Partido de Cartago, matrícula 3-016334-F-000 y local 47, inscrito en el Partido de Cartago, matrícula 3-016335-F-000; lo anterior de conformidad con la contratación directa 2006CD-000107-01. Mediante ese mismo oficio, esta División remitió el proyecto de ...
Fecha publicación: 09/07/2007
Fecha emisión: 05/07/2007
Documento: 07233-2007.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
Tesauro: Arrendamiento o compra de bienes únicos


PAGE 3 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al Oficio No. 06112 13 de junio, 2007 DCA-1971 Señor Gregorio Segura Coto Subgerente General Bancrédito Apartado 297-7050 Cartago Estimado señor: Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formula por el Bancrédito mediante oficio SFG-050-07, referida a las consecuencias de una contratación administrativa en la cual se violentó el régimen de prohibiciones. Damos respuesta a su oficio SFG-050-07, recibido en esta Contraloría General el día 10 de abril pasado. I.- Motivo de la consulta: De acuerdo con los términos del oficio, se consulta cómo debe procederse si contratado con una empresa un servicio ya adjudicado, ejecutado y recibido, de previo al pago se determina y comprueba que el contratista estaba imposibilitado para contratar con la Administración, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22, 22 bis y 25 de la Ley de Contratación Administrativa. Se aclara que la causal de que configuró la prohibición existía desde antes de la contratación respectiva. Se consulta si prevale el tema de la prohibición o bien los principios de buena fe y de enriquecimiento sin causa, dado que el servicio fue recibido y en consecuencia se considera que debe pagarse al contratista únicamente y exclusivamente los gastos en el que incurrió en esta contratación. II.- Criterio de la División: A partir del planteamiento general que se hace la Administración, debemos señalar que el ordenamiento jurídico es muy claro en cuanto a la consecuencia que atrae consigo la violación al régimen de prohibiciones contemplado en la Ley de Contratación Administrativa y sus reformas. Al efecto, el artículo 25 ibídem, reformado N° 8422, es decir Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, dispone: “Efectos del incumplimiento. La violación del régimen de prohibiciones establecido en este capítulo, originará la nulidad absoluta del acto de adjudicación ...
Fecha publicación: 18/06/2007
Fecha emisión: 07/06/2007
Documento: 06112-2007.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


R-DCA-219 -2007 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las quince horas del cuatro de junio de dos mil siete. --------------------- Recurso de apelación interpuesto por Mercadeo Asesoría y Promoción Mapro Bienes Raíces S.A., en contra del acto que declara desierta la Licitación Pública 2007-LN-000001-01 promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago, para la contratación de servicios profesionales en correduría para la promoción y venta de bienes adquiridos en pago de obligaciones.--------------------------------- RESULTANDO: I.-La recurrente estima que su oferta cumple con los requisitos del cartel y puede ser objeto de adjudicación. Aduce que el Banco se limita a declarar desierta la licitación sin motivar su decisión conforme el ordenamiento jurídico, siendo su oferta adjudicable, por lo que solicita se revoque y anule el acto dictado por la Comisión de Contrataciones.---------------------------------------------------- II.-Esta División solicitó el expediente administrativo al Banco Crédito Agrícola de Cartago. -------- III.-La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO: I.- Hechos Probados: Esta División para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) El Banco Crédito Agrícola de Cartago promovió la Licitación Pública 2007-LN-000001-01, para la contratación de servicios profesionales en correduría para la promoción y venta de bienes adquiridos en pago de obligaciones (ver La Gaceta 54 del 16 de marzo de 2007). 2) Que solamente participó la empresa Mercadeo Asesoría y Promoción Mapro Bienes Raíces Sociedad Anónima (Ver expediente administrativo). 3) Que la Comisión de Contrataciones del Banco resolvió declarar desierta la licitación (ver La Gaceta 90 del 1 ...
Fecha publicación: 08/06/2007
Fecha emisión: 01/06/2007
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 01742 21 de febrero de 2007 DAGJ-0180-2007 Licenciado Gregorio Segura Coto Subgerente General BANCRÉDITO Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la procedencia del pago de la reparación de un vehiculo institucional a la Empresa Taller Hermanos Gutiérrez. Se refiere este Despacho a su oficio No.AFG-023-07, de fecha 09 de febrero del año en curso, recibido en esta Contraloría General el mismo día, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor en relación con la procedencia del pago de la reparación de un vehículo propiedad de esa entidad bancaria, a la Empresa Taller Hermanos Gutiérrez, cuyo capital accionario pertenece a un Diputado de la República. I. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso de BANCREDITO. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos público ...
Fecha publicación: 01/03/2007
Fecha emisión: 20/02/2007
Documento: 01742-2007.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA